¿Está mi título "Homologado"?


Actualmente, esta es la pregunta de moda entre tod@s aquellas personas que, por diferentes motivos o causas, se han visto obligadas a abandonar sus estudios y, después de pasado un largo tiempo, deciden retomarlos realizando cursos con la intención de obtener un diploma que les permita mejorar en su ámbito laboral o para abrirse nuevos caminos. Sin embargo, la escasa o nula información existente sobre las diferentes categorías de estudios modernos, así como la actualización y tecnificación del sistema educativo, ofertando posibilidades no presenciales, tanto públicas como privadas, a través del uso de las nuevas tecnologías, incrementando las opciones para que quienes lo deseen puedan disponer de una titulación o certificación que les avale y reconozca cualidades y destrezas en el desempeño de algunas áreas y/o funciones, les hace dudar sobre cual es la mejor opción o, mejor dicho, cual se adapta a sus condiciones particulares;  es por ello que  consideramos necesario aclarar aquellos conceptos y definiciones relativos a la  validez o no de los estudios elegidos.


Antes de meternos de lleno en los términos centrales de esta publicación, vamos a dejar claro que dentro del sistema educativo español existen 2 modalidades de enseñanza:




  1.  FORMACIÓN REGLADA (FORMAL),

  2. FORMACIÓN NO REGLADA (NO FORMAL).


La diferencia entre una y otra es tan simple como que las especialidades incluidas en la segunda categoría (formación no reglada) NO se imparte en ningún centro público, es decir NO EXISTEN como titulaciones oficiales, pero ello no es motivo para que quienes estén interesados no se formen y mejoren o amplíen conocimientos en su área concreta.


 Es, precisamente, para suplir esta carencia de titulación en la Formación No Formal, que el Instituto Nacional de Cualificaciones Profesionales, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Industria y Comercio, se encargan de la elaboración e inclusión de dichas especialidades en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, dando así la oportunidad a quienes, bien carezcan de estudios pero abunden en experiencia profesional, o no tengan experiencia pero hayan realizado estudios No Formales, puedan disponer de una “titulación” reconocida que les acredite como especialistas en un área o materia.


Quienes cursen estudios, bien sean formales o no formales, y deseen obtener la titulación oficial  pueden hacerlo por cualquiera de las vías oficiales disponibles:


 a-      PRUEBA DE ACCESO:  Prueba que debe presentar quienes no tienen los estudios mínimos exigidos (ESO o Bachillerato, según sea el nivel a optar) para acceder a estudios de FP y/o Universitarios. La superaciónde esta prueba les permite disponer del principal requisito para poder cursar estudios oficiales o  puedan presentar  la Prueba Libre, para obtener el título de Grado medio o  Grado Superior, según la especialidad elegida.


b-      PRUEBA LIBRE  (que se os va anunciando a través de las Novedades del campus): Quienes teniendo el titulo de Graduado en la ESO o el bachillerato aprobado, o la Prueba  de Acceso a Grado Medio (como en el caso de Auxiliar de Enfermería), o la prueba de acceso a Grado Superior o la prueba de acceso para mayores de 25 años (para optar a los títulos de Grado y de  Técnico de Grado Superior), y la edad establecida en la Ley, puedan presentarse a las pruebas libres que convocan anualmente cada comunidad autonómica, y así obtener el título de Técnico  o Técnico Superior, tal como contempla la ley.  La otra opción es:


c-       EL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD: Debe dejarse claro que los certificados de profesionalidad no son, en sí,  un título académico, si no un documento que acredita las habilidades y/o conocimientos necesarios para desempeñar el trabajo reconocido por cada una de las cualificaciones recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Su fin primordial es mejorar el currículum de la persona interesada y facilitarle el acceso a profesiones técnicas, así como a estudios específicos.  Los Certificados Profesionales aunque ya se ha dejado claro que No son titulaciones académicas SI son titulaciones oficiales que acreditan las competencias que capacitan a un trabajador para una actividad laboral específica.


Esta es la vía empleada por quienes, por un motivo u otro, no pueden acceder a ninguna de las dos opciones anteriores (pruebas de acceso y/o  clases presenciales); pero poseen amplia experiencia laboral o han finalizado un curso de enseñanza No reglada, la cual incluye, además, un determinado número de horas prácticas en centros laborales. Quienes  pueden  tramitar la obtención del Certificado de Profesionalidad, que le acredite como poseedor/a de los conocimientos y experiencias necesarias dentro del área acreditada.


Para una información mas amplia sobre los certificados de profesionalidad, visita la  web:


http://www.centrofap.com/certificadosprofesionales.asp;


Tambien en  la web oficial  del Ministerio de Educación y el Incual (Instituto nacional de Cualificación): http://www.educacion.gob.es/educa/incual/ice_faqs.html.


Resumiendo: el Certificado Profesional tiene tanta validez como la títulación oficial; además, actualmente,  la Ley establece que quienes obtengan o sean titulares de un certificado de profesionalidad y deseen continuar estudios superiores, los módulos aprobados en la certificación profesional le serán homologados para los estudios formales, no teniendo que volver a presentarlos, ya que como está establecido en  dicha Ley, se reconocen los módulos comunes entre el certificado de profesionalidad otorgado y los estudios relacionados dentro de la misma rama;  facilitando así la obtención de una titulación oficial.


 Comenzaremos por definir el término Homologación


El término homologación es un concepto ampliamente empleado en diferentes contextos para hacer referencia a la equiparación de dos cosas, especificaciones, características o documentos. Homologar es verificar el cumplimiento de determinadas especificaciones o características de algo por parte de una autoridad oficial.


Mientras tanto, en el ámbito académico, cuando se habla de homologación, se estará refiriendo al reconocimiento oficial de títulos académicos de un país, para su posterior reconocimiento en el extranjero, o en su defecto, al reconocimiento de aquellos estudios llevados a cabo en una institución en la cual no se graduó y para ser presentados en otra institución.



 

 Aclarado este concepto inicial, dentro de la formación profesional vamos a definir lo que son:



Convalidaciones, Equivalencias y Acreditaciones


Partimos de la base de que el modelo de Formación Profesional actual se caracteriza por ser una formación capaz de acoger a cualquier persona o alumno, sea cual sea su punto de partida, fomentando y facilitando la formación a lo largo de su vida. Por ello, y con el fin de facilitar la reincorporación al sistema educativo de todas las personas interesadas en ampliar su formación, se prevén posibilidades de reconocer bien la formación adquirida previamente por vías formales bajo planes de estudio de un antiguo o del vigente sistema educativo, bien las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías de formación no formales.


http://www.todofp.es/todofp/acreditacion-de-competencias.html


Estos procedimientos reconocidos son: Las equivalencias, convalidaciones y acreditaciones correspondientes.


Las equivalencias: Son el reconocimiento de que un título (o un conjunto de estudios superados por el interesado) tiene los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro, si bien no da derecho al interesado a la obtención del título con el que se establece la equivalencia.


La convalidación: Con el objeto de continuar estudios en el sistema educativo español, la convalidación consiste en la confirmación de que una formación a cursar ya está superada con una formación aportada y superada por el interesado.


La acreditación se realiza con respecto a las competencias profesionales adquiridas. Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico de los módulos profesionales superados que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable. A lo que una vez completados la totalidad de módulos que forman la titulación o certificación que deseen obtener, es cuando se les otorgará la acreditación correspondiente, la cual tendrá validez en todo el territorio nacional, del mismo modo que podrá servir para solicitar equivalencias en aquellos estudios cuyos módulos formativos sean coincidentes.


Igualmente, se está trabajando en un procedimiento que permita acreditar a cualquier ciudadano sus competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia profesional, o por vías no formales de formación.

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