ACOMPAÑAMIENTO EN EL SERVICIO DE URGENCIAS Y SU IMPORTANCIA:


Acciones encaminadas a organizar y facilitar que los pacientes durante la estancia en el Servicio de Urgencias reciban la visita y/o acompañamiento de sus familiares o allegados.
La atención en el Servicio de Urgencias implica, en muchas ocasiones, situaciones de estrés para los pacientes y sus familiares por las características de los procesos atendidos, por el matiz de urgentes y por el hecho de tener que acudir a un servicio de urgencias por un problema de salud inesperado. Asimismo, la institución sanitaria debe tener en cuenta el deseo manifestado por pacientes, familiares y Asociaciones de Pacientes, facilitando la presencia física de acompañantes durante el proceso asistencial.

El paciente/familia o allegados constituyen un núcleo que no hay que olvidar al prestar cuidados de salud a los individuos, ya que el apoyo emocional que se proporciona contribuye a la buena evolución de los procesos y al bienestar general.
El apoyo familiar se debe fomentar y favorecer, sin olvidar el derecho que tiene el paciente a la confidencialidad y a decidir sobre quién debe recibir información y puede visitarle.
Prestar servicios sanitarios personalizados y con calidez contribuye a la satisfacción de los usuarios y a la evolución favorable de su proceso asistencial.


Por todo lo anterior, es necesario establecer unas normas, para que los pacientes que permanezcan en el Servicio de Urgencias puedan ser visitados y/o acompañados por sus familiares o allegados durante la estancia, sin interferir en el buen funcionamiento del servicio ni en la intimidad de otros usuarios, y es importante que todos los profesionales del Servicio de Urgencias colaboren y faciliten su cumplimiento en beneficio de los usuarios.

PROCEDIMIENTO DE VISITAS:

-          El informador de urgencias será la persona encargada de organizar el flujo de acompañantes.
-          Previamente a la hora prevista de inicio de la visita de los familiares, el informador, de forma presencial, contactará con los diferentes profesionales médicos y de enfermería de las distintas salas para comprobar que no haya ninguna circunstancia que impida el paso de familiares. Por ejemplo, una urgencia vital, cuidados que precisen intimidad, etc.
-          El informador de urgencias avisará de forma personal a los familiares o allegados que se encuentran en la sala de espera y los acompañará directamente hasta la habitación dónde se encuentra su familiar.
-          Al inicio del turno o antes de la hora de la visita, el informador comprobará que no hay objeción por parte de los pacientes a la visita de algún allegado o familiar. En el caso de que la hubiera, siempre se respetará la opinión del paciente si está consciente y orientado. (Si hay duda, el profesional el médico determinará la actuación a seguir).
-          Una vez finalizado el tiempo de visita de familiares, el informador de urgencias indicará a los acompañantes (a excepción de la persona autorizada), la necesidad de volver a la sala de espera.
-          Si durante la visita de familiares se produce alguna circunstancia que aconseje interrumpir la misma, se reanudará en cuanto sea posible. Será el informador de urgencias quién vuelva a restablecer la visita, de acuerdo con los profesionales de la Urgencia.

ACOMPAÑAMIENTO:

Con fecha 7 de agosto de 2015 se reciben Instrucciones por parte de la Dirección General de Coordinación de la Atención al Ciudadano y Humanización de la Asistencia Sanitaria, referentes a la Resolución 417/15 de la Viceconsejería de Sanidad, por la que se dictan las acciones para facilitar el acompañamiento de los pacientes por familiares o allegados en los Servicios de Urgencias del Servicio Madrileño de Salud.

Las acciones comunicadas y acordadas responden al objetivo de crear un entorno más humano en los servicios de urgencias, en los que habitualmente se acude por un problema inesperado de salud, lo que genera angustia en los pacientes y familiares.
Respetando el derecho al acompañamiento y a la información clínica se ha dispuesto que los pacientes que lo deseen puedan estar acompañados por una persona de su confianza mientras son atendidos.

Del mismo modo se ha establecido que se proporcione cada noventa minutos información a los pacientes y, si ellos lo autorizan, también a sus familiares, contribuyendo a mitigar la preocupación que produce el desconocimiento de la evolución del proceso que ha motivado la asistencia al Servicio de Urgencias.

Es una realidad que los ciudadanos, potenciales enfermos y usuarios del sistema sanitario, están cada vez más informados y tienen mayores expectativas, lo que está dando lugar a grandes cambios en la relación entre los ciudadanos y el sistema sanitario, exigiéndonos prestar una atención centrada en la personalización y humanización de la asistencia.
A esta circunstancia hay que añadir la sensación de desasosiego y angustia que genera en pacientes, familiares y allegados, el hecho de acudir a un servicio de urgencias por un problema inesperado de salud. Asimismo, como institución sanitaria se debe tener en cuenta el deseo manifestado por pacientes, familiares y Asociaciones de Pacientes, de facilitar la presencia física de acompañantes durante el proceso asistencial.

-          CRITERIOS DE ACOMPAÑAMIENTO:
Como norma general se facilitará el acompañamiento a todos los pacientes. Sólo se harán excepciones en el caso de que las circunstancias clínicas del paciente no lo permitan.
-          PROCEDIMIENTO:
En el área de clasificación, la enfermera, si el paciente lo permite, autorizará a  que un familiar o allegado permanezca durante el proceso de atención. Esta persona llevará visible una pegatina/tarjeta identificándole como acompañante. (Preferiblemente poner la fecha en la pegatina).
Para facilitar la cohesión entre el acompañamiento y el normal desarrollo de la actividad, se establecen una serie de recomendaciones que deberán llevar a cabo los acompañantes.
-          RESPONSABILIDADES DERIVADAS DEL ACOMPAÑAMIENTO A LOS PACIENTES EN LOS SERVICIOS DE URGENCIAS HOSPITALARIOS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid es consciente del impacto que supone para los pacientes, familiares y allegados acudir a un servicio de urgencias para ser atendidos por un problema de salud.
Por ello, siempre que la actividad asistencial del servicio de urgencias lo permita, el paciente podrá estar acompañado por una persona de su confianza, si así lo desea.
Para alcanzar este objetivo sin mermar los derechos a la intimidad, confidencialidad, seguridad, descanso y confort del resto de pacientes, y facilitar a su vez la labor de los profesionales del centro, es fundamental la colaboración del acompañante y el cumplimiento de las siguientes recomendaciones:
·         En todo momento deben ser respetadas las normas del centro así como las indicaciones de los profesionales.
·         Para no interferir en el proceso asistencial, recuerde que no debe dar al paciente ninguna medicación o alimento que no haya sido indicado o proporcionado por el personal sanitario.
·         Para facilitar la relación con los profesionales, el personal de Información y Acogida solicitará al acompañante sus datos de identificación.
·         Se permitirá la presencia de un acompañante por paciente. En el caso de que necesite ser relevado por otra persona se deberá comunicar al personal de Información y Acogida.
·         Para evitar aglomeraciones y facilitar la presencia de otros familiares, el acompañante se ausentará durante el pase de otras visitas.
·         Se evitara entrar y salir de la sala salvo por causa justificada que se pondrá en conocimiento del personal de información y Acogida.
·         En determinadas circunstancias, y con el fin de garantizar el derecho a la intimidad de todos los pacientes, los profesionales sanitarios, le solicitarán que abandone la sala temporalmente.
·         Los profesionales se reservarán el derecho a admitir el acompañamiento cuando consideren que su presencia puede interferir en el curso de la atención.

Asimismo se deberá recordar:

-          Hablar en voz baja
-          Respetar las zonas en las que se limite el uso del teléfono móvil, para evitar interferencias con el funcionamiento de algunos aparatos y garantizar el confort de los pacientes. Además, se evitarán las conversaciones durante las visitas médicas u otras actividades asistenciales y, en todo caso, se restringirá su uso y se utilizará en modo silencio.
-          No es aconsejable llevar al hospital dinero ni objetos de valor. El hospital no se responsabilizará de su posible pérdida.
-          Para garantizar la seguridad en caso de emergencia, se seguirán en todo momento las instrucciones del personal del hospital.
-          La legislación vigente prohíbe fumar en todo el recinto hospitalario y en sus accesos.

Estas recomendaciones estarán expuestas junto a los criterios de acompañamiento fijados en la resolución 30/2013, en la sala de espera de urgencias, área de clasificación y zonas de tratamiento y observación.

RECURSOS:
-           Informadores de urgencias que regulan el flujo y organización. Materiales:
-          Pegatinas de colores facilitadas por suministros.
-           Carteles informativos y soportes.
-          Sillas de acompañantes.

Como norma general, se autoriza en la visita dos acompañantes por paciente. A los pacientes que se encuentran en la sala de tratamiento se les facilitará también la visita de acompañantes, pero siempre en función de la situación de la sala, teniendo en cuenta que son pacientes de corta estancia en la Unidad.

Bibliografía: protocolo de acompañamiento S. Urgencias H. El Escorial 2017

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